| Algunas reglas En cuanto a todo lo que se refiere a los Gastos adquisitiuos de un bien immobiliario, le remitimos a la sección « honorarios - Gastos » del sumario principal. A este nivel de generalidades, digamos en breve que, al precio de venta indicado por Gaztelua, el cual incluye la retribución de la agencia, se añaden gastos abonados al notario. |
| Ley CARREZ Esta ley se aplica a cuantos bienes hagan parte de una comunidad de proprietarios (así que lo más a menudo a los pisos). Impone al vendedor que indique la superficie del bien vendido en el compromiso de venta o de compra así como en la escritura de venta. El modo de cálculo de dicha superficie está claramente definido : - Es la de los suelos de los locales cerrados y cubiertos cuya altura bajo techo pasa o equivale 1,80 m. - Se deducen de ésta las superficies ocupadas, por las paredes, tabiques, escalones, escaleras, pozos, chimeneas (parte construcción), huecos de puertas y ventanas, terrazas y balcones aún transformados en veranda. - En cambio se añade a ésta la superficie de los armarios empotrados obedeciendo a las mismas reglas (1,80 m y más de altura bajo techo). La ausencia de esta mención constituye un motivo de cancelamiento de los compromisos y actos de venta. Pero, sobre todo, en caso de superficie sobreevaluada, el comprador puede pedir, en el plazo de un año, una rebaja del precio proporcional al error constatado en cuanto pase el 5% de la superficie mencionada en la escritura. |
| Ley sobre los termeses (ley del 8/06/99 - decreto de aplicación del 3/07/2000) En las zonas declaradas contaminadas (por vía prefectoral) la ley obliga el vendedor de un bien immobiliario a producir (durante la venta) un certificado sanitario de menos de 3 meses. Como de 1/12/2001, el Departamento del Atlántico Pirineos y entonces el País Vasco entró en esta categoría. |